Verificación de Software

El software desarrollado por una persona (natural o jurídica) goza de la protección establecida para los derechos de autor en la Decisión 351 de la Comunidad Andina. El cual puede ser verificado, de acuerdo a los artículos 55 y siguientes de la Decisión.

En Colombia la autoridad competente para conocer de los procedimientos relacionados con la violación a los derechos de autor es la jurisdicción ordinaria y la Dirección Nacional de Derechos de Autor para adelantar conciliaciones en la materia. Los titulares del derecho pueden adoptar medidas contempladas en la normatividad vigente para verificar que no existan infracciones a sus derechos.

En la práctica, estas personas pueden recurrir a una prueba anticipada con intervención de peritos, lo cual se ajusta a la ley. De igual forma, es posible que se adelanten inspecciones (verificaciones) de común acuerdo con quienes hacen uso de las licencias de software.

Esperamos que la presente información le resulte de utilidad

Fecha publicación: 

03/06/2013

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